MÉXICO.- Los trabajadores deben recibir su aguinaldo –que corresponde a un mínimo de 15 días de sueldo-, antes del próximo 20 de diciembre, notificó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
La dependencia exhortó a todas las personas empleadoras a otorgar el pago del aguinaldo antes de la fecha en mención, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
El titular de la STPS en Chihuahua, Diódoro José Siller Argüello, informó que los trabajadores deberán recibir un mínimo de 15 días de sueldo por año laborado; si no se tuvo actividad el año completo, se deberá percibir el monto proporcional.
Para recibir orientación y asesoría de manera gratuita por parte de personal especializado, se pone a disposición las líneas telefónicas de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo (614)-429-3300, extensiones 24738 y 24741, y del Centro de Conciliación Laboral, en extensiones 26301 y 26303.
De manera presencial se puede acudir al Palacio de Justicia Laboral, ubicado en calle Allende numeral 901, colonia Centro.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma, por lo que la dependencia llama a las personas empleadoras a cumplir con esta obligación y evitar sanciones económicas por incumplimiento.
El aguinaldo es un derecho de los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87. Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo.
Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.
En este caso, el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo.
Ante cualquier duda relacionada con el pago de este derecho la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) también ofrece los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.






