MÉXICO.- La reforma aprobada por el Congreso de San Luis Potosí para penalizar el “uso indebido de inteligencia artificial (IA)”, ahora conocida como “Ley Serrano”, apenas cumplió seis meses vigente y ya fue utilizada por las autoridades potosinas para “detener a personas identificadas como creadoras de contenido y comunicadoras” en el estado, lo que exhibe su diseño ex profeso y su carácter inconstitucional.
Lo anterior lo establece la organización Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica, a través de un comunicado de prensa en el que detalla que, en colaboración con ciudadanos potosinos, presentó una iniciativa para que el Poder Legislativo local derogue los tipos penales recién integrados al Código Penal local en noviembre de 2025 y al amparo de los cuales fueron procesadas Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo, comunicadora digital y funcionaria pública, respectivamente.
Una vez aprobada, la reforma presentada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) Héctor Serrano Cortés, incorporó tres nuevos tipos penales o delitos al Código Penal local:
ARTÍCULO 187 TER. Uso no autorizado de imagen o voz generada mediante inteligencia artificial. Un delito que comete quien, sin consentimiento previo, expreso, específico e informado de la persona a la que corresponda la imagen, la voz o la identidad digital, utilice sistemas de inteligencia artificial o programas automatizados para crear, reproducir, modificar, manipular o difundir contenidos que simulen la apariencia, la voz, los gestos o la identidad de una persona real.
ARTÍCULO 272 TER. Manipulación institucional mediante inteligencia artificial. Un delito que comete quien, a sabiendas de su falsedad y con la finalidad directa de alterar la confianza pública en las instituciones o poner en riesgo verificable la seguridad del Estado, genere, modifique o difunda, mediante sistemas de inteligencia artificial, contenidos digitales que simulen de manera verosímil declaraciones, comunicados o actuaciones de autoridades, instituciones públicas y cuerpos de seguridad.
ARTÍCULO 272 BIS. Difusión dolosa de desinformación generada mediante inteligencia artificial. Un delito que comete quien, de manera dolosa y con el propósito directo de generar alarma pública o alterar la paz social, fabrique, modifique o difunda, mediante el uso de sistemas de inteligencia artificial, contenidos falsos o manipulados que se presenten como reales, y que sean idóneos para producir un riesgo verificable a la paz pública o a la seguridad de las personas”.
Por otro lado se establecieron penas de hasta seis años de prisión para quienes sean hallados culpables de su comisión y sentenciados por ello.
Razones para derogar la reforma
El documento presentado por la organización y ciudadanos ante la Oficialía de Partes del Congreso de San Luis Potosí el 5 de junio de este año, establece una serie de motivos por los cuales los nuevos tipos penales deben ser retirados del Código Penal, entre los que destacan:
Que han puesto la libertad de expresión en una evidente posición de riesgo y a quienes la ejercen (no sólo periodistas) en una vulnerabilidad real y tangible frente al poder público; que no cuentan con “un solo criterio objetivo” que permita diferenciar la crítica legítima a las autoridades y la conducta que se castiga, además de que parten de una reforma inconstitucional y engañosa, que se presentó como una legislación en torno al uso de IA, “cuando en realidad es un mecanismo que puede usarse a discreción”.
También se señala que para diseñar estos tipos penales “se pasaron por alto criterios establecidos en múltiples acuerdos y tratados internacionales de los que México es parte como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; así como postulados de la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión”.
Además, el marco legal nacional vigente ya contempla responsabilidades ulteriores para el ejercicio de la libertad de expresión en México, mientras que para elaborar la reforma el Congreso no consultó a periodistas, personas defensoras de derechos humanos ni especialistas en la materia.
Se establecieron penas desproporcionadas en comparación con otros delitos más graves contemplados en el Código Penal.
Y la definición de inteligencia artificial incluida presenta deficiencias que permiten una interpretación discrecional por parte de la autoridad a cargo del proceso penal.
Proceso legislativo
La Ley Orgánica del Congreso del Estado de San Luis Potosí reconoce el derecho de las y los ciudadanos a presentar iniciativas de reforma o para la creación de nuevas leyes.
El artículo 88 de dicho ordenamiento establece que “las iniciativas deberán dictaminarse por las comisiones aprobándolas en sus términos, con modificaciones o, en su caso, desechándolas por improcedentes, en un término máximo de diez meses, con excepción de las que requieren consulta pública para su dictaminación”.
Sin embargo, pese a que la iniciativa para derogar la llamada “Ley Serrano” se presentó el viernes 5 de junio y este martes 9 de junio sesionará el Pleno del Congreso, la iniciativa no fue incorporada en el orden del día y por lo tanto aún no le ha sido asignado un turno ni se ha determinado qué comisión o comisiones serán las dictaminadoras.
De acuerdo con la iniciativa presentada, derogar la reforma sobre “uso indebido de la inteligencia artificial” no tendría ningún impacto presupuestal para el erario.
Además, en sus artículos transitorios, la iniciativa establece que “todas las carpetas de investigación y procesos penales que se encuentren en trámite y que tengan por objeto exclusivo la comisión de los delitos previstos en los artículos que se derogan, deberán ser sobreseídos En conformidad con la legislación procesal penal aplicable y el principio de retroactividad de la ley penal más favorable reconocido en el artículo 14 constitucional”.
Recolectan firmas
Desde la tarde del lunes 8 de junio, una petición en la plataforma Change.Org busca reunir firmas para respaldar la iniciativa presentada ante el Congreso potosino con el objetivo de derogar la reforma.
“Solicitamos la derogación de la llamada ‘Ley Serrano’, por considerar que representa un riesgo grave para la libertad de expresión, el ejercicio periodístico, la crítica pública y los derechos digitales de la ciudadanía”, se puede leer en el desplegado.
Además se incorporan cuatro demandas más: la revisión pública, técnica y democrática de cualquier futura regulación sobre inteligencia artificial; la participación de especialistas en derechos humanos, libertad de expresión, periodismo, tecnología, protección de datos y sociedad civil; garantías claras para que ninguna norma penal pueda utilizarse contra periodistas, activistas, medios de comunicación, creadores de contenido o ciudadanos que ejerzan legítimamente su derecho a expresarse.
Finalmente se pide una legislación que proteja a las personas frente al uso abusivo de la inteligencia artificial, sin criminalizar la crítica ni restringir indebidamente el debate público.





